domingo, 20 de octubre de 2013

Definiciones de Abuso Sexual (2)


Algunas otras definiciones y comentarios ...


Cualquier tocamiento entre un menor y un adulto que debe mantenerse en secreto. (Herman, citada por Hunter, 1990)

Es cualquier acto sexual impuesto a una menor de edad por una persona, generalmente un hombre o adolescente mayor. Es la habilidad para enganchar a una niña en una relación sexual basada en la posición dominante y todo poderosa del adulto (o adolescente mayor) ofensor, lo cual contrasta con la edad de la criatura, su dependencia y su falta de poder.  La autoridad y el poder habilitan al ofensor a dominar a la niña a su deseo sexual (Kamsler A. 1998).

ABUSO SEXUAL ENCUBIERTO: es más insidioso, difícil de identificar porque se “disfraza” la naturaleza sexual de la acción  (Hunter 1990) O espían al menor cuando se baña o va al baño, cuando se cambia, o, tocando la ropa interior y sus pertenencias o solo tiene conversaciones de naturaleza sexual con la hija (Gil  & Cavanagh 1993). El ofensor actúa como si no estuviera haciendo algo sexual, cuando si lo es. O le dicen que tienen que revisarle constantemente sus genitales con cualquier pretexto de salud o insertar un termómetro anal para checar fiebre. Lo sexual se disfraza de cuidado de la salud. La traición es doble: la niña es abusada, le hacen creer que no,  y que no debe confiar en sus emociones y percepciones (Hunter 1990).  El abuso consiste no en si la tocó mucho o poco o en que se le espía sino en que se convierte en objeto de placer para el adulto y encima lo niega.

INCESTO: contacto sexual con cualquier persona que sea considerada como pareja inapropiada debido a lazos de sangre o sociales de su familia.  (Dolan 1991). 
Curtois (1988) refiere que el abuso sexual con mucha frecuencia es incestuoso, (padres, tíos, hermanos, abuelos, padrastros) sobretodo, para las mujeres; no así para los hombres que son abusados con más frecuencia por vecinos, amigos de los hermanos mayores, maestros, sacerdotes, entrenadores, y mi experiencia coincide con ella. 

La ley de Coahuila refiere que incesto solo es padre-hija, y con consentimiento. ¡Seguramente, no me ha tocado escucharlo así! La única excepción que se me ocurre es que desconozcan el parentesco. Nunca he escuchado que una joven esté de acuerdo con su padre para tener sexo. Llama la atención la importancia que le da al “consentimiento” sin analizar el contexto,  o entender que el miedo paraliza y al no decir claramente no, sea interpretado como un si, sin tomar en cuenta toda la rigidez de la niña, sus lágrimas que clara y silenciosamente gritan un no. Tampoco la edad para saber que es muy fácil engañarla y no entienden lo que le proponen y dice si porque le han enseñado a "obedecer" a los mayores, no se diga si es su padre.


ABUSO SEXUAL  CIBERNÉTICO: no se me ocurre "bautizarlo" de otra manera. Últimamente me llegan niñas sintiéndose muy mal porque atraves de las redes sociales son seducidas y convencidas de exponerse. Es fácil convencer a una niña o  joven de que quien la busca es un pretendiente bien intencionado que poco a poco le hace creer que sabe de ella y de su familia al grado de convencerla de que sí no hace lo que él quiere, puede dañar a la familia. Las niñas van cediendo con intenciones de proteger a sus seres queridos. El comportamiento de ellas se modifica por el condicionamiento del ofensor y es cuando generalmente la madre se da cuenta y empieza a buscar explicaciones con lo que la niña acaba diciendo lo que pasa.

El tipo de relación puede variar, desde: miradas, desnudos con fines eróticos, masturbarse delante de una menor (abuso sexual sin manos, Ryan 1997) hasta: caricias; besos; frotarse con ella  y progresar a la penetración vaginal, anal, oral, digital (con los dedos), el pene, o con objetos (Dolan 1991). Ahora con las redes sociales, también me cuentan que a través de la red. Es importante incluir todo esto porque con frecuencia se cree que sólo la penetración es abuso. No hay derecho a ser sexual delante de una niña y menos utilizarla como objeto.

Es importante mencionar que cuando hablamos de abuso sexual nos referimos a una diferencia de cinco (5) años entre agresor y menor, siendo ésta menor de quince (15) años. (Dolan 1991). Cuando el abuso sexual se da entre menores de edad, la diferencia considerada es de más de tres (3) años. ( Gil  & Cabanagh 1993). Un niño de 10 años puede abusar de uno de 6 o menor. Cuando el abuso se da de menores de 12 años de edad a más chiquitos, no tiene las mismas intenciones que un adolescente mayor  y se considera abuso por forzar al otro niño. Más adelante hablaré ampliamente de esto.

 Estas definiciones tienen intenciones didácticas. He aprendido que no soy yo quien define la experiencia de la persona sino ella misma. Ahora converso con la mujer y le pregunto cómo es que ella definiría lo que le pasó. A veces si utilizan la palabra abuso, traición,  maltrato, otras injusticia. y a partir de ahí vemos los efectos y consecuencias de esto en su vida.


CODIGO PENAL DE COAHUILA publicado en el PO: No. 43 del 28 de Mayo de 1999.México
CURTOIS C.: Healing the incest wound. Norton & Company 1988. USA

DOLAN Y. Resolving sexual abuse: solution focused therapy and Ericksonian hypnosis for adults survivors. Norton 1991 USA 
GIL E. & Cavanagh Johonson T.: Sexualized children: Assessment and treatment of sexualized children and children who molest. Launch press 1993 USA

HUNTER M. Abused boys: The neglected victims of sexual abuse. Ballentine Books 1990. USA.

KAMSLER A.: Her-story in the making: Therapy with women who where sexually abused in childhood. En White C. & Denborough D.:Introducing Narrative Therapy: a collection of practice-based writings. Dulwich Center Publications 1998. Australia









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